Resumen
Este estudio examinó el uso creciente de los Derechos de la Naturaleza como un enfoque para gestionar la administración terrestre. La Constitución de Ecuador de 2008 destaca por incorporar el concepto indígena de Pachamama, reconociendo a la naturaleza como titular de derechos. A través del análisis de los casos del río Whanganui en Nueva Zelanda y los glaciares Gangotri y Yamunotri en India, ambos en 2017, argumento que, aunque el discurso sobre los derechos individuales se fundamenta en la subjetividad moderna y en el constitucionalismo de los estados nacionales seculares, se revela como una herramienta transcultural eficaz para legitimar la gestión humana del planeta en la era del Antropoceno. Defiendo que el emergente debate sobre los derechos de la naturaleza ofrece una base sólida para la administración terrestre y se compone de dos iniciativas clave diseñadas para superar los límites de la modernidad europea. Este enfoque basado en derechos establece obligaciones hacia la naturaleza que van más allá de los meros intereses humanos y reconoce el saber indígena como un dominio argumentativo alternativo. Así, las cosmovisiones indígenas se convierten en parte integrante de los Derechos de la Naturaleza, gracias a dos aspectos fundamentales del Antropoceno que están siendo cada vez más aceptados y valorados.
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